Grupo de Trabajo de cambio de régimen jurídico. Anexo II – Convenio Único

En pasado 25 de febrero se desarrolló la tercera reunión de este Grupo de Trabajo sin que la Administración haya remitido propuesta por escrito a las organizaciones sindicales, ni los datos que solicitó UGT sobre las puestos objeto de conversión para avanzar de manera eficaz, puesto que es necesario conocer el cuerpo de adscripción, la localidad y el Ministerio/Organismo de cada una de las plazas y poder establecer así, un mapa de situación lo más real posible. Esto empieza a agotar la poca paciencia que nos va quedando.

La Administración repite el mismo discurso cansino que en las dos reuniones anteriores, tiene claro que la puesta en marcha de este proceso conlleva la extinción de la relación laboral del personal del Anexo II, considerando que el objetivo principal del cambio de régimen jurídico es que no haya más personal laboral haciendo funciones propias de personal funcionario, y para ello habría que vaciar el Anexo II. Más de lo mismo.

Función Pública volvió a insistir, una vez más, que el requisito de la titulación necesaria para pertenecer a un cuerpo, es inexcusable y esgrimiendo que los principios de igualdad, mérito y capacidad han de regir el proceso, por ello el modelo ha de ser concurso oposición. La sensación de la reunión fue de absoluta pérdida tiempo.

UGT, como no puede ser de otra manera, participa de la legalidad de los procesos, pero teniendo en cuenta que el Convenio establece la herramienta para dotarnos de un sistema restringido y para un personal determinado, consideramos que a todas luces debe ser un proceso necesariamente asequible.

Es obvia la necesidad de la Administración para que se dé esta conversión, aunque no lo parezca. UGT considera que para despertar el interés del personal laboral se debe garantizar un modelo de proceso adaptado, en el que no perderán sus condiciones retributivas actuales y que la pertenencia al cuerpo ha de hacerse garantizando su puesto o como mínimo su centro de trabajo y, por supuesto, sea tomada en consideración la antigüedad desempeñando las funciones actuales para futuras promociones.

En cualquier caso, desde UGT tenemos claro que la participación en el proceso no debe suponer pérdida de derechos, como puede ser la posibilidad de la promoción horizontal, tanto durante el desarrollo de este proceso, como una vez finalizado el mismo.

Nos remiten al documento de trabajo de la estabilización del personal funcionario, para que partiendo de esas bases como mínimo, se ponga en pie este modelo de cambio de régimen jurídico. Se compromete la Administración a enviar, sin que podamos asegurar que vayan a cumplir, la documentación con datos que han recopilado para el análisis de los puestos.

UGT pretende analizar los datos y sentar las bases cuanto antes. Es imprescindible que se definan el número de convocatorias que se van a realizar y el marco temporal de las mismas, para no eternizar un proceso que afecta colateralmente al desarrollo de los concursos de traslado y de jubilación.

Próxima reunión el 11 de marzo, esperemos que cumplan de una vez por todas.

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