Jornada y horarios en la AGE

El pasado 24 de julio se publicó en el BOE la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas la modificación las instrucciones de jornada y horarios de la AGE. Instrucción Jornada Horarios AGE 2012 actualizada 2015

Desde la FSP-UGT consideramos insuficientes estas modificaciones por lo que hemos remitido a Función Pública las siguientes propuestas:

• UGT presentó en el grupo de trabajo de Jornada y Horarios del día 2 de julio de 2015 una propuesta en relación a la adaptación progresiva de la jornada de trabajo en la reincorporación al mismo tras determinados tratamientos médicos, la Administración aceptó dicha propuesta y se incluyó en un borrador inicial que nos fue facilitado en la última reunión de la MGNAGE. Nuestra propuesta es «Los empleados públicos que se reincorporen al servicio efectivo a la finalización de un tratamiento de radioterapia o quimioterapia, o de tratamientos derivados de enfermedades de excepcional gravedad, podrán solicitar una adaptación progresiva de su jornada de trabajo ordinaria por tres meses sin merma económica, siendo el primer mes el 50% de la jornada habitual y para los dos restantes la jornada obligatoria de 5,30 horas.”

• Con respecto a la propuesta de la Dirección General de la Función Pública de aumento del periodo de jornada de verano para quienes tienen a su cargo a un menor de 12 años de edad, entendemos que dicha circunstancia debería ampliarse a todos los empleados públicos, dada la pirámide de edad en la que se mueve el personal de la administración que origina que tengamos más ascendientes que descendientes a cargo, teniendo en cuenta que además es recuperable.

• Las vacaciones se disfrutarán, previa autorización y siempre que resulte compatible con las necesidades del servicio, dentro del año natural y hasta el 31 de enero del año siguiente, en periodos mínimos de 5 días hábiles consecutivos. Sin perjuicio de lo anterior, y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, de los días de vacaciones previstos en el punto 9.1 de esta instrucción, se podrá solicitar el disfrute independiente de hasta 5 días hábiles por año natural.”

• UGT reitera la propuesta que hizo en noviembre de 2014 relativa a la reinterpretación del EBEP que mejore la conciliación familiar de los trabajadores desplazados.
El artículo 48.1.i) del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 7/2007, de 12 de abril, reconoce a los empleados públicos el derecho a solicitar una reducción de hasta el cincuenta por ciento de la jornada laboral, con carácter retribuido, por razones de enfermedad muy grave de un familiar de primer grado, y por el plazo máximo de un mes, para atender a su cuidado. En UGT, creemos que, al igual que sucede con el permiso de lactancia, es necesario ofrecer la posibilidad de que los empleados públicos puedan acumular dicho permiso en jornadas completas.

• Reclamamos la recuperación del derecho del empleado público a ponerse enfermo y no sufrir merma económica por ello. Una sinrazón de Modificación de una Administración que solo se mueve por sus intereses, despreciando a los trabajadores que son el verdadero valor de esta Administración.

• Finalmente, exigimos que se restituyan todos aquellos días relacionados con la antigüedad (moscosos y canosos) que se suprimieron en el Real Decreto Ley 20/2012.

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