El pasado día 3 de septiembre se reunió, a petición de UGT y CCOO, el Grupo de Trabajo del INE dependiente de la Mesa Delegada, para cerrar el nuevo Plan de Contingencia contra el COVID y aclarar algunas cuestiones sobre la implantación del Acuerdo de Teletrabajo que entra en vigor el próximo día 15 de septiembre.
El INE nos remitió a primeros del mes de agosto un borrador de un nuevo Plan de Contingencia contra el COVID, para su aplicación a partir de la entrada en vigor del Acuerdo de Teletrabajo. Sobre dicho borrador, únicamente UGT y CCOO hemos remitido alegaciones, que consideramos de interés para la puesta en práctica del Teletrabajo, las cuales han sido aceptadas todas por el INE a excepción de la que solicitábamos que la prestación de servicios en teletrabajo fuera la ordinaria para el personal vulnerable mientras dure la pandemia, a la que se dará una posible solución para determinados casos muy concretos. El resto de organizaciones sindicales manifestaron también su acuerdo a nuestras aportaciones, por lo que se procedió a la firma del mismo. Entre las mismas destacamos la importancia de que hay que cumplir la normativa sanitaria, tanto la estatal, como la particular de cada Comunidad Autónoma, que entre las medidas a adoptar en los centros consideramos imprescindible la ventilación/renovación del aire o que hay que tener en cuenta en todo momento la vida útil de los EPIs. Este plan también establece que se retomarán las encuestas a hogares y las medidas preventivas a implantar. Sobre este punto manifestamos nuestra preocupación porque la mayoría de estas entrevistas se realizan dentro del domicilio del informante y no son entornos controlados desde el punto de vista preventivo.
Sobre la implantación del teletrabajo a partir del 15 de septiembre, el INE nos informa que la semana antes tiene prevista una reunión con los Subdirectores y Delegados Provinciales para informarlos sobre cómo implementar el mismo, de tal forma que sea uniforme en todo el organismo.
A partir de ese día 15 el teletrabajo será de forma voluntaria, por lo que los trabajadores interesados tendrán que presentar la solicitud correspondiente que se encuentra en Sinodo. Aquellos que presenten la solicitud previamente o el mismo día 15, continuarán trabajando a distancia hasta que haya resolución expresa concediendo el teletrabajo, momento en el cual tendrán que cumplir lo establecido en el documento consensuado de teletrabajo en cuanto al número de días presenciales y días de teletrabajo. En el caso en el que no se conceda el teletrabajo tendrán que incorporarse de forma presencial. Los trabajadores que no soliciten el teletrabajo tendrán que incorporarse de forma presencial el día 16, lo cual no impide que posteriormente a esta fecha se pueda presentar la solicitud, pero ya se continuará trabajando de forma presencial hasta la concesión del teletrabajo.