Protocolo de actuación en caso de acoso laboral en el Ministerio de Economía y Competitividad

La Resolución de 5 de mayo de 2011 de la Secretaría de Estado para la Función Pública,  aprueba y publica el Acuerdo de 6 de abril de 2011, de la Mesa de Negociación de la Administración General del Estado sobre el protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado.

El citado protocolo, con el objeto de asegurar que todo el personal disfrute de un entorno de trabajo en el que la dignidad de la persona y su salud no se vea afectada, contempla un conjunto de medidas que han de ser trasladadas al ámbito de cada Departamento Ministerial.

En dicho marco, en el Grupo Técnico de Prevención de Riesgos Laborales se trató la adaptación del citado protocolo, el cual constituye el instrumento para hacer efectivo el rechazo tanto de la Administración, como de la parte social, a todo tipo de conductas de acoso laboral, en todas sus formas y modalidades, sin atender a quién sea la victima o él/la acosador/a ni cual sea su rango jerárquico, manifestando además, el compromiso respecto al establecimiento de una cultura organizativa de normas y valores contra dicho acoso, erigiéndose como principio básico el derecho de los/as trabajadores/as públicos a recibir un trato respetuoso y digno.

Texto completo:  MINECO_Protocolo_acoso_laboral_2014_06_02

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