GRUPO DE TRABAJO DE CAMBIO DE RÉGIMEN JURÍDICO (ANEXO II) 11.03.2021

Para UGT el cambio de régimen jurídico no puede ser a cualquier precio, por lo que desde el inicio de la negociación hemos mantenido dos puntos básicos inamovibles:

  • Mantenimiento de las condiciones retributivas. Que no se pierda ni un solo euro en el proceso.
  • Conversión en el puesto que se ocupa. Mantenimiento del puesto de trabajo en el organismo y localidad en la que se desarrolla el trabajo.

Estas condiciones imprescindibles, aparecen recogidas en un documento proporcionado por la Administración, que serían las bases de un futuro acuerdo .
Nos ha sorprendido, y para bien, el giro que ha dado en su discurso la
administración respecto a reuniones anteriores, ya que asume en gran parte los argumentos expuestos por UGT
. Si bien solicitamos que nos aporten más información, tal como la distribución del personal por organismos y los cuerpos/escalas a los que se efectuaría el cambio.

Los datos proporcionados por ahora son los siguientes, agrupados por grupos y por tramos de edad:

Grupos laborales de pertenencia Porcentaje %
G1 7,12
G2 7,46
G3 59,88
G4 25,55
TOTAL 100,00
Menores de 55 29,78
Mayores de 55 y menores de 60 32,83
Igual o mayor de 60 37,40
Total 100,00

En ese mismo documento, Función Pública determina como REQUISITOS amparándose en la legislación vigente:

  1. Titulación de acceso (Artículo 76 del TREBEP)
  2. Nacionalidad (Artículo 56 del TREBEP)
  3. Edad máxima (Artículo 67 del TREBEP).
  4. Marco temporal. Limitación en el tiempo de la celebración de los procesos selectivos.
  5. Sistema selectivo: concurso-oposición.

Indudablemente, hay que temporalizar los procesos determinando cuántos y en cuánto tiempo se producirán para regular y facilitar la conversión de aquellos que tengan interés de participar en el proceso, que siempre será de forma voluntaria. Desde UGT abogamos porque se realicen lo antes posible, y que tras la firma de un posible acuerdo se pueda resolver en un año, en el que se realizarían varias convocatorias.

Respecto al sistema de concurso-oposición la rigidez de la Administración es absoluta, y nos propone modular dentro de ese sistema una prueba simplificada al máximo, teniendo en cuenta que estamos hablando de empleados públicos fijos que en la mayoría pasaron un proceso selectivo de acceso al empleo público. UGT insiste en el modelo que propusimos el primer día, curso formativo con evaluación final sin más.

Las CONDICIONES que recoge el documento para el cambio, serían las siguientes:
a) Garantías retributivas.
b) Antigüedad a efectos de trienios y como mérito en concursos. Cuantía de los trienios perfeccionados como personal laboral.
c) Localidad.
d) Reconversión automática del puesto de trabajo.

Con respecto a la Garantía de retribuciones, punto de máximo interés para el trabajador, la Administración reconoce que no habrá pérdida retributiva en el cambio y que hará consulta formal a la Dirección General de Costes de Personal para determinar el modo. Concretando aspectos para establecer la equivalencia de retribuciones de las que se parte y las que se percibirán como funcionarios.

SEGUIREMOS INFORMANDO

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