UGT interpone recurso contencioso administrativo por incumplimiento del Acuerdo de Fondos Adicionales

UGT requirió a la Secretaria de Estado de Función Pública el pasado 5 de octubre de 2023 el cumplimiento de los términos previstos en el Acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo para una Administración del Siglo XXI firmado el 1 de marzo de 2023 en lo relativo a las siguientes las previsiones:

1.- Que se culmine el Acuerdo de 4 de marzo de 2019 sobre la aplicación de los fondos adicionales previstos en el II Acuerdo para la mejora del empleo y de las condiciones de trabajo de 9 de marzo de 2018.

2.- Que se lleve a cabo la inmediata ejecución del apartado 2 y del apartado 3, del Acuerdo de 4 de marzo de 2019.

El Acuerdo sobre la aplicación de los Fondos Adicionales previsto en el II Acuerdo para la Mejora del empleo público y de las condiciones de trabajo de 9 de marzo de 2018, firmado el 4 de marzo de 2019, recoge en sus apartados 2 y 3 las siguientes medidas que no han sido cumplidas por parte de la Administración:

1ª.- Apartado 2: Se determina en el acuerdo una cuantía mínima de complemento específico por subgrupos de clasificación.

2ª.- Apartado 3: Se acuerda la determinación de tramos de complemento específico desde el Nivel 13 de complemento de destino en adelante. El acuerdo contempla la elevación de las cuantías de complemento específico de todos aquellos efectivos cuyos complementos específicos se encuentre entre dos tramos hasta el límite superior de ellos.

En 2023 UGT consiguió dar un impulso a todo lo pendiente del Acuerdo de Fondos Adicionales firmado en 2019 contemplando el compromiso por parte de la Administración de ejecutar inmediatamente el apartado 2 y de la presentación de una propuesta a la comisión de seguimiento para la ordenación de las cuantías previstas en el apartado 3.

La Administración ha incumplido este compromiso y UGT acude a la vía jurisdiccional presentando en el día de ayer anuncio de interposición de recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional con el objeto de RECLAMAR las cantidades a las que ascienden estos apartados del Acuerdo a los efectos comprometidos. Os trasladaremos los siguientes pasos.

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