Sentencia de indemnización por denegación no justificada de vacaciones en el INE

Los servicios jurídicos de UGT en Murcia ganan una demanda presentada por una trabajadora del INE a la cual le habían denegado parte de las vacaciones del año 2014.

Esta sentencia, de especial interés para todo el ámbito del Convenio Único y que os adjuntamos, deja claro que “cuando se aleguen necesidades del servicio para denegar el disfrute de las vacaciones en un periodo determinado, dichas necesidades deberán ser comunicadas al interesado y a los representantes de los trabajadores por escrito debidamente argumentado”, nada que nos sorprenda ya que es cumplir lo que establece el Convenio Único en su artículo 45.2, pero que viene incumpliéndose sistemáticamente en muchos centros de trabajo, tanto del INE como de otros Ministerios.

El fallo establece una indemnización en concepto de daños y perjuicios equivalente a los días no disfrutados.

SENTENCIA: Sentencia INE indemnizacion por denegacion de vacaciones ganada por UGT

This entry was posted in Instituto Nacional de Estadística. Bookmark the permalink.